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Unidad de Información Pública del Organismo Judicial
Velando por el cumplimiento de lo regulado en el artículo 30 de la Constitución Política de la República de Guatemala y Ley de Acceso a la Información Pública, la Presidencia del Organismo Judicial, creó la Unidad de Información Pública -UNIP-, a través del Acuerdo Número 37/009. La Unidad de Información Pública, es la dependencia responsable de dar trámite a todas las solicitudes de información que se presenten en el Organismo Judicial.
Las Funciones de la Únidad de Información Pública del Organismo Judicial
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Planificar, organizar, dirigir y controlar las acciones que promuevan la excelencia y calidad en el servicio de acceso a la información pública que se brinde al público en general.
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Recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información pública en el plazo establecido por la Ley.
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Auxiliar al sujeto activo en la elaboración de su solicitud y orientarlo en los trámites respectivos.
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Recabar la información pública que le sea requerida de conformidad con la Ley y los procedimientos internos establecidos en el Manual de Funciones y Procedimientos de la Unidad de Información Pública del Organismo Judicial.
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Promover y coordinar con las dependencias administrativas y órganos jurisdiccionales la actualización permanente de la información pública.
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La demás funciones que sean necesarias para garantizar o agilizar el acceso a la información
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